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Adelántese a la fecha límite

Garantice el cumplimiento de la declaración de residuos especiales antes del 28 de febrero.

En GLM, somos expertos en seguridad e higiene industrial. Te brindamos asesoramiento especializado para que cumplas con todos los requisitos legales y ambientales, evitando sanciones y asegurando la sostenibilidad de tu negocio.

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Preguntas frecuentes

¿Quién está obligado a presentar la Declaración Jurada?
Todas las empresas que generen Residuos Especiales están obligadas a presentar la Declaración Jurada.
¿Cuál es la documentación requerida para acompañar a la Declaración Jurada?
No se requiere documentación adicional. La Declaración Jurada, firmada por un profesional inscripto en el RUPAYAR, es el único documento necesario para su presentación.
¿Puede la empresa realizar el trámite por sí sola?
No, es condición que el trámite esté avalado por un profesional inscripto en el RUPAYAR.
¿Existe alguna tasa que la empresa debe pagar para que el trámite sea efectivo?
Sí, para que el trámite sea efectivo, la empresa debe pagar una tasa. La fecha límite para el pago de esta tasa es el 28 de febrero.
¿Cuáles son las consecuencias de no realizar el trámite?
La empresa podría enfrentar multas e incluso la clausura en caso de no realizar el trámite.
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Si lo prefieres puedes escribirnos un correo electrónico a info@seguridadhigieneambiente.ar

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